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Preferentes y subordinadas, plazo para presentar complementarias del IRPF

Últimos días para regularizar las pensiones extranjeras

15.06.2015

El próximo 30 de junio, coincidiendo con el fin de plazo para presentar la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio 2014, finaliza el plazo que concedió el Gobierno para regularizar las pensiones no declaradas en el extranjero en los ejercicios no prescritos (2010, 2011, 2012 y 2013) y sin tener que abonar intereses de demora ni recargos.

Lo primero que hay que hacer para ver si una pensión recibida del extranjero tiene que tributar o no es España es verificar la existencia de Convenio de Doble Imposición (CDI) con el país pagador y determinar si en ese ejercicio el pensionista tiene la consideración de residente en España con arreglo a la Ley 35/2006 del IRPF. Los residentes en España han de tributar por toda su renta mundial y con independencia de su procedencia. El CDI determinará cómo eliminar la doble imposición para el caso de que las pensiones extranjeras hubieran tributado en su país de origen.

La ley del IPPF establece un límite general de 22.000 euros, por debajo de los cuales no hay obligación de declarar. No obstante, en el caso de que haya dos o más pagadores y que las rentas recibidas de los segundos superen los 1.500 euros anuales, el límite para la obligación de declarar se reduce hasta los 11.200 euros.

Para proceder a la regularización de las pensiones no declaradas, el contribuyente deberá presentar declaración complementaria. Una vez presentada o presentadas las declaraciones complementarias, Hacienda ha habilitado el formulario G2299  a través del cual se comunicará que esas declaraciones incluyen pensiones extranjeras.

En el supuesto de que el pensionista hubiera sido objeto de comprobación administrativa antes de que el Gobierno abriera el plazo de 6 meses para regularizar, a través del modelo G9015 podrá solicitar la devolución de recargos e intereses que en su caso les hubieran sido girados.

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