El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, publicado en el BOE de 27 de junio, recoge en su título I una serie de medidas fiscales entre las que se encuentra la modificación del artículo 25 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS) que regula la reserva de capitalización.
Como consecuencia de la entrada en vigor de la norma, y con efectos desde el 1 de enero de 2024, el plazo de mantenimiento del incremento de los fondos propios que da derecho a la reducción en la base imponible del impuesto se reduce de 5 a 3 años contados a partir del cierre del período impositivo en que se aplique la reducción. Además, se introduce una Disposición transitoria cuadragésima tercera en la LIS para que el plazo también se reduce para las reservas dotadas antes de enero de 2024 y cuyo plazo de mantenimiento no haya expirado.
Por otro lado, el importe de la reducción aumenta del 10% al 15% del importe del incremento de los fondos propios computables, manteniéndose el límite del 10% de la base imponible previa y la posibilidad de trasladar las reducciones pendientes a los dos ejercicios inmediatos posteriores en caso de insuficiencia de base.